A través de esta Resolución la AFIP obliga a todos los prestadores de servicios públicos, entre ellos el eléctrico, a incluir en las facturas los datos catastrales del inmueble donde se brinda el servicio, que podrá obtener de la boleta del Impuesto Inmobiliario, como así también los datos del titular del suministro, del usuario y del propietario o tenedor del inmueble.
Es por ello que solicitamos a Ud. bajar el formulario que se adjunta, completarlo con los datos requeridos, firmarlo y acercarlo a nuestras oficinas o enviarlo por correo electrónico.
Agradecemos su colaboración y quedamos a su disposición para ayudarlo a completar el formulario si lo necesita.
Lo saludamos cordialmente.